El Titular tiene derecho a vincular a su grupo familiar, obteniendo todas las personas los mismos servicios y beneficios.

Titular Casado / Unión Libre

Cónyuge / Compañero(a) Permanente
Hijos / Hijastros menores de 35 años
Padres o Suegros menores de 69 años 

Titular Soltero

Padres menores de 69 años 
Hermanos / Hermanastros menores de 35 años
Hijos menores de 35 años

Personas Adicionales

El Titular podrá vincular otras personas de su familia sin importar el grado de consanguinidad que sean menores de 59 años, cancelando una mínima cuota mensual.

Edades Para La Vinculación

Se puede vincular a padres o suegros hasta 69 años, hijos y hermanos a partir de los seis meses de gestación hasta los 35 años,  personas adicionales hasta 59 años al momento de la afiliación y no serán excluidos al cumplir esta edad.

 

* Las cuberturas aquí descritas están sujetas a las condiciones generales del contrato.

 





 

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